Habilitaciones
Contenido del documento
- Marco Normativo
- ¿Quiénes están obligados a publicar esta información?
- Contenidos mínimos de publicación
- Formato
- Periodicidad de actualización
- Ubicación de la publicación
Marco normativo
Artículo 18: Plan de Transparencia Activa: Los sujetos obligados por el Artículo 3° incisos a), b), c), d), e), g)y h) deberán publicar en sus respectivas páginas web, de manera completa y actualizada y en lo posible en formatos abiertos y reutilizables, la siguiente información:
Inciso f) Listado de concesiones, permisos y autorizaciones otorgadas y sus respectivos titulares, especificando nombre o razón social del/la titular; objeto de la concesión, autorización o permiso; vigencia; y canon.
¿Quiénes están obligados a publicar esta información?
Artículo 3°.- Sujetos obligados: Serán sujetos obligados a brindar información pública según los términos de esta Ley:
inciso a) Todos los órganos pertenecientes a la administración central, descentralizada, entes autárquicos u organismos interjurisdiccionales integrados por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Contenidos mínimos de publicación
La información “Listado de habilitaciones” vigentes de establecimientos y locales comerciales deberá contener los siguientes ítems:
Ítem |
---|
Nombre o razón social del/la titular de la habilitación |
Objeto de la habilitación |
Datos catastrales |
Fecha de habilitación |
Duración de la habilitación |
Rubro de la habilitación |
Formato
Formato CSV o XML
Periodicidad de actualización
Mensual